610 - Exención del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) por discapacidad
Procedimiento en virtud del cual se procede a la exención del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) por discapacidad.
MODELO NORMALIZADO
PLAZOS DE PRESENTACIÓN
Todo el año.
MEDIOS DE PRESENTACIÓN
A través de Sede Electrónica preferentemente, en las Oficinas del SAC con cita previamente concertada o mediante cualquier otra forma de las previstas en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.
CITA PREVIA
Obligatoria
Órgano de resolución:
Teniente de Alcalde Delegado
Quén puede solicitarlo:

Todas las personas que pretendan solicitar la exención del impuesto de vehículos de tracción mecánica por discapacidad.

Requisitos:

Acreditación de condición legal de discapacidad en grado igual o superior al 33%

Declaración Responsable de justificación del destino del vehículo, así como, de que no disfruta de la citada exención por más de un vehículo simultáneamente en este Municipio o cualquier otro Municipio del territorio nacional.

El vehículo ha de figurar a nombre de la persona que tiene reconocido el grado de discapacidad.

Documentación:

Interesados:
Persona física:

  • 1.1. Documento de identificación (DNI, Tarjeta de extranjero, pasaporte,..)

Persona jurídica:

  • 1.2. C.I.F.
  • 1.3. Escritura de constitución o documento análogo.

2. Representante:

  • 2.1. Documento de identificación (DNI, Tarjeta de extranjero, pasaporte,...)
  • 2.2. Documento acreditativo de la representación que dice ostentar.

3. Ficha Técnica del vehículo.

4. Certificación expedida por la Consejería de Empleo y Asuntos Sociales del Gobierno de Canarias, sobre reconocimiento, declaración y
calificación del grado de discapacidad, de conformidad con el R.D. 1971/1999, de 23 de diciembre. (**)

(**) Consejería de Empleo y Asuntos

Área Subárea
Última modificación: 23/03/2023 12:46:03
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