600 - Alta en el Padrón Municipal de Basura
Procedimiento para la obtención de alta en el Padrón Municipal de Basuras.
PLAZOS DE PRESENTACIÓN
Todo el año
TASAS/IMPUESTO
La tasa a abonar es la establecida en los artículos 6 y 8.2 de la Ordenanza Fiscal nº 9 de la Tasa por Recogida de Basura
Órgano de resolución:
Teniente de Alcalde Delegado
Quén puede solicitarlo:
Todas aquellas personas que posean algún bien inmueble y no conste dado de alta en el padrón municipal de basuras.
Requisitos:
Este documento de solicitud de alta en el Padrón Fiscal de la Tasa de Basuras, ha de ir acompañado ineludiblemente de la autoliquidación correspondiente al semestre en curso, según Ordenanza Municipal.
Documentación:
1. Interesados:
- Persona física:
- 1.1. Documento de identificación (DNI, Tarjeta de extranjero, pasaporte,..)
- Persona jurídica:
- 1.2. C.I.F.
- 1.3. Escritura de constitución o documento análogo.
2. Representante:
- 2.1. Documento de identificación (DNI, Tarjeta de extranjero, pasaporte,...)
- 2.2. Documento acreditativo de la representación que dice ostentar.
3. Copia auténtica de documento acreditativo de titularidad del inmueble, de no constar el impuesto de bienes inmuebles a nombre del titular del bien.
4. Acreditar el abono de la tasa del semestre en curso, según la Ordenanza Municipal. (La tasa se autoliquida en la oficina de Atención Ciudadana)
Para locales:
5. Acreditar el Alta en el Impuesto de Actividades Económicas del titular de la Actividad.
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