D. Miguel Ángel Méndez Fernández.
El principal objetivo de esta Concejalía es favorecer la educación y formación integral de toda la vecindad, en especial de los niños, niñas y jóvenes que se encuentren en alguna etapa de la enseñanza obligatoria y/o reglada en centros públicos de este Municipio, o en algún nivel del sistema educativo fuera del mismo.
Así mismo apoyará y proporcionará, en la medida de sus disponibilidades, los recursos que fomenten el asociacionismo, la participación, formación e innovación de la Comunidad Educativa.
¿La educación es el medio más adecuado para garantizar el ejercicio de la ciudadanía democrática, responsable, libre y crítica, que resulta indispensable para la constitución de sociedades avanzadas, dinámicas y justas¿. (Preámbulo Ley Orgánica de Educación, 2/2006 de 3 de mayo).
En su Art. 1, apart. i) relativo a los Fines de la Educación, dice: ¿La autonomía para establecer y adecuar las actuaciones organizativas y curriculares en el marco de las competencias y responsabilidades que correspondan al Estado, a la Comunidad Autónoma, a las Corporaciones Locales y a los centros educativos¿.
Y en su Art. 8.2, dice: ¿Las ofertas educativas dirigidas a personas en edad de escolarización obligatoria que realicen las Administraciones u otras instituciones públicas, así como las actuaciones que tuvieran finalidades educativas o consecuencias en la educación de los niños y jóvenes, deberán hacerse en coordinación con la administración correspondiente¿ .
La Ley Orgánica de Educación 8/1985 Reguladora del Derecho a la Educación, declaraba: ¿la educación como servicio público¿.
Esta Concejalía, en el ámbito de sus competencias promoverá toda clase de acciones y prestará ayudas que vayan encaminadas a la consecución del objetivo principal de la misma. (Art. 25.2 apart. n) de la Ley 7/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases del Régimen Local).
Colaborará, con los distintos centros docentes del municipio, en la elaboración de estrategias y acciones de formación, propiciando actividades, tanto escolares como extraescolares, que redunden en la mejora de la calidad educativa y por ende en una mejor formación, desarrollo integral y fomento de valores, de aquellos a los que van dirigidas, de modo que estas actividades puedan integrarse tanto en el Proyecto Educativo del Centro, PEC, como en el Proyecto Curricular, PC, y en sus Programaciones Generales Anuales, PGA.
En cuanto al resto de actuaciones, competenciales de esta Concejalía, se estará de acuerdo a la normativa vigente.