Procedimiento Concesión Directa Subvenciones para el Mantenimiento del Sector del Taxi del Municipio de Arona - COVID 19 para el Año 2021
Presentación: EXCLUSIVAMENTE a través de la SEDE ELECTRÓNICA (http://www.arona.org/Sede-Electronica) del Ayuntamiento de Arona.
Plazo de presentación: Desde el 26 de julio hasta el 30 de noviembre de 2021.
Objeto y finalidad
El objeto de las presentes normas reguladoras es el establecimiento del procedimiento de concesión directa de una subvención específica para aquellos titulares de una licencia municipal para el ejercicio del taxi en el municipio de Arona que, como consecuencia de la declaración del Estado de Alarma para la gestión sanitaria del COVID-19 y las medidas de confinamiento decretadas en el Real Decreto 463/2020, de 14 de marzo, por el que se declara el estado de alarma y cuyo artículo 14.2,a) impuso por imperativo legal una inicial reducción del 50% de la oferta de servicios de transporte público de viajeros, incrementada y acentuada por las subsiguientes ordenes TMA/230/2020, de 15 de marzo y TMA/273/2020, de 23 de marzo, han visto disminuir fuertemente sus ingresos, encontrándose en situación de dificultad económica y social habida cuenta su condición de empresarios individuales, persiguiendo con esta subvención apoyar el mantenimiento de la actividad del sector del taxi para prevenir o evitar situaciones de exclusión social.
¿Quién puede solicitarlo?
Podrán ser beneficiarias de las subvenciones las personas físicas titulares de las licencias municipales para el ejercicio de taxi en el municipio de Arona.
Requisitos:
1. Ser titular de licencia municipal para el ejercicio de taxi en el municipio de Arona.
2. Encontrase dadas de alta en el Régimen Especial de Trabajadores por Cuenta Propia o Autónomos para las personas titulares del taxi que ejercen la actividad directamente y, en el caso de titulares del taxi jubilados/as ó titular con una incapacidad permanente total, tendrán que tener dada de alta en el grupo de cotización 3 a un asalariado/a con capacidad de gestión, o un familiar del titular, dado de alta como autónomo colaborador, con capacidad de gestión.
3. Encontrarse dadas de alta en la Hacienda Autonómica y en la Hacienda Estatal desde la entrada en vigor del Real Decreto 463/2020 de 14 de marzo de forma ininterrumpida (Se verificará de oficio por el Ayuntamiento de Arona).
4. Estar prestando el servicio municipal de taxi de acuerdo con lo establecido en la Resolución Nº 2020/4543 de fecha 29/08/2020 del Teniente de Alcalde del Área de Gobierno de Seguridad, Transportes y Movilidad del Ayuntamiento de Arona, relativa a la reducción del servicio de taxis en la actual situación de pandemia por la COVID-19, o cualquier otra que se dicte con posterioridad en función de la evolución de la crisis sanitaria.
*Este extremo se verificará de oficio por la Administración.
5. No encontrarse incurso en ninguna de las circunstancias recogidas en el artículo 13.2 y 13.3 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en particular, estar al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias con esta administración, con la Hacienda estatal (AEAT), con la Agencia Tributaria Canaria, y con la Tesorería General de la Seguridad Social (TGSS). Este requisito debe cumplirse antes de la emisión de la correspondiente resolución de concesión de subvención.
Importe: 2.000,00 € por persona física titular de licencia municipal para el ejercicio del taxi.
Gastos subvencionables:
Serán gastos subvencionables aquellos que se realicen en el periodo comprendido entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2021.
Serán subvencionables los siguientes gastos de carácter no inventariable necesarios para el desarrollo del servicio de taxi:
- Cuotas a la seguridad social del trabajador/a por cuenta propia o Autónomo/a titular de la licencia.
- Las cuotas a la seguridad social a cargo de la empresa (cuota patronal), en el caso de tener trabajadores por cuenta ajena.
- Gastos por servicios profesionales, asesorías contables, fiscales, laborales, etc.
- Gastos por Pólizas de seguro obligatorias para el desarrollo del servicio de taxi.
- Adquisición de material fungible destinados a los Equipos de Protección Individual o la adopción de medidas higiénico sanitarias tendentes a combatir la propagación o el contagio por el COVID-19. Entre otros gastos en mascarillas, protección ocular anti-salpicaduras, batas resistentes a líquidos y guantes desechables, etc.
- Gastos ocasionados por la compra de combustibles para la realización del servicio de autotaxi.
Se considerará gasto realizado el que haya sido efectivamente pagado con anterioridad a la finalización del período de justificación (28 de febrero de 2022).
Documentación a presentar:
1. Instancia de solicitud normalizada, MODELO 823A, firmada electrónicamente por la persona interesada.
Contiene información para la consulta interactiva por parte del Ayuntamiento de Arona de:
- Los requisitos de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT), frente a la Seguridad Social (TGSS), con la Agencia Tributaria Canaria, y con la Tesorería municipal.
- Informe de situación actual en el régimen correspondiente de la Seguridad Social correspondiente a la persona física solicitante de la subvención.
- Informe de Vida Laboral expedido por la Tesorería de la Seguridad Social a fecha de inicio de la convocatoria, en caso de tener personas trabajadoras a su cargo.
- Alta en el IAE.
*En caso de oponerse a la consulta (que deberá marcarse expresamente en la solicitud), se aportará de manera obligatoria los certificados de estar al corriente correspondientes.
Contiene DECLARACIÓN RESPONSABLE sobre el pronunciamiento expreso de las siguientes cuestiones:
1. Que se encuentra prestando el servicio municipal de taxi de acuerdo con lo establecido en la Resolución Nº 2020/4543 de fecha 29/08/2020 del Teniente de Alcalde del Área de Gobierno de Seguridad, Transportes y Movilidad del Ayuntamiento de Arona, relativa a la reducción del servicio de taxis en la actual situación de pandemia por la COVID-19.
2. Que la persona solicitante no está incursa en las prohibiciones para obtener la condición de beneficiaria y para ser receptora del pago establecido en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, y en concreto apartados 2 y 3 del artículo 13 y el apartado 5 del artículo 34 de la misma.
3. Que se compromete al cumplimiento de las obligaciones de las personas beneficiarias de subvenciones, establecidas en el artículo 14 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre.
4. Que la persona solicitante se compromete a la comunicación de otras subvenciones o ayudas concedidas con anterioridad a la presentación de esta subvención con la misma finalidad y el compromiso de comunicar a la mayor brevedad posible las ayudas obtenidas con posterioridad a la presentación de la solicitud y antes de la resolución de la misma.
2. Se deberá acompañar con carácter general la siguiente documentación:
- Certificado de titularidad bancaria o Alta de terceros de acuerdo con modelo normalizado (015) firmada por el titular y sellada por la entidad bancaria, a efectos de tramitar el pago mediante transferencia bancaria, en caso de que se otorgue la subvención.
3. En el caso de titulares del taxi jubilados/as, ó titular con una incapacidad permanente total no dados de alta en Régimen Especial de Trabajadores Autónomos, además se deberá presentar:
- Certificación/ Resolución jubilación o de incapacidad permanente.
- Informe actualizado de Datos de Cotización de la Seguridad Social (IDC), que permita acreditar el alta en el grupo cotización 3 de la persona asalariada con capacidad de gestión.
- Acreditación de tener un asalariado o a un autónomo colaborador en su sustitución, que se encargaría de desarrollar la actividad por cuenta del titular.
Notificación:
Las resoluciones de concesión o denegación, así como los requerimientos que se dirijan a las personas interesadas para subsanar defectos en la documentación aportada en la solicitud inicial o de cualquier otra documentación y/o información adicional, se realizará por medios electrónicos, mediante puesta a disposición en la sede electrónica del Ayuntamiento de Arona.
MÁS INFORMACIÓN:
• Área de Promoción Económica y Empleo
• Teléfonos: 922 761 600
• promocioneconomica@arona.org
CONTENIDO RELACIONADO
Bases: Subvenciones Directas para el Mantenimiento del Sector del Taxi de Arona con motivo del COVID 19, para el año 2021
Presentación Subvenciones Directas para el Mantenimiento del Sector del Taxi de Arona con motivo del COVID 19, para el año 2021
TRÁMITE RELACIONADO
Subvención Directa para el Mantenimiento del Sector del Taxi del Municipio de Arona con motivo del COVID-19, año 2021