Muestra de Productos Artesanales Arona en Colores 2026
El objeto de las presentes bases es establecer el procedimiento para la participación de los puestos de venta en la MUESTRA DE PRODUCTOS ARTESANALES “ARONA EN COLORES 2026”, organizada por el Área de Promoción Económica y Empleo del Ayuntamiento de Arona, que se desarrollará el sábado 13 de junio en Las Galletas, T.M de Arona.
INSCRIPCIÓN
- Modelo 813
- La solicitud de participación se realizará exclusivamente de forma telemática a través de la sede electrónica del Ayuntamiento de Arona (http://www.arona.org/Sede-Electronica).
- Plazo: Del 06 al 19 de mayo de 2026, ambos inclusive.
* Sólo se podrá presentar una solicitud por empresa.
Documentación a presentar:
Instancia de solicitud normalizada, MODELO 813, firmada electrónicamente por la persona interesada o su representante legal.
Contiene información para la consulta interactiva por parte del Ayuntamiento de Arona de:
- Los requisitos de hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones con el Ayuntamiento de Arona
- Situación en el IAE.
**En caso de oponerse a la consulta (lo que se marcará expresamente en las casillas habilitadas en el modelo 813) deberá aportarse de manera obligatoria la documentación acreditativa.
Identificación del solicitante:
- En el caso de persona física: Documentación identificativa (DNI/NIE) de la persona.
- En caso de persona jurídica:
- Dcumentación identificativa (DNI/NIE) de la persona que ostente la representación.
- Tarjeta acreditativa del númer de Identificación Fiscal de la Entidad con CSV emitido por la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
- Escrituras de cnstitución.???????
Otros documentos exigidos para la participación en la muestra:
- Anexo campaña.
- Copia de los D.N.I de las personas que estarán en el puesto.
- Copia del carnet de manipulador de alimentos de las personas que estarán en el puesto.
- Para la venta de vinos y alimentos: copia de la póliza de responsabilidad civil en vigor y justificante de pago.
Sin perjuicio de lo establecido anteriormente, la Organización podrá reclamar del solicitante cualquier información o documentación que considere necesaria, a fin de verificar los datos aportados.
En relación con la documentación general que ya obre en esta Corporación, el solicitante podrá omitir su presentación acogiéndose a lo establecido en el artículo 53.d de la Ley 39/2015, 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
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